La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), la organización más representativa del colectivo en España, presentó el lunes una denuncia formal contra el Gobierno ante la Comisión Europea.
El motivo: la negativa a aplicar la exención del IVA —conocida como «franquicia» o «IVA franquiciado»— para autónomos y pequeñas empresas que facturan menos de 85 000 euros al año.
«España es el único País de toda la UE que no ha traspuesto esta directiva y sigue castigando a sus autónomos frente a las ventajas que tienen el resto de autónomos europeos», declaró el presidente de ATA, Lorenzo Amor, en un tuit.
Esta medida, que ya aplican los otros 26 países de la UE, permitiría a cientos de miles de pequeños empresarios no cobrar IVA a sus clientes, ni declararlo ni liquidarlo trimestralmente. Solo pagarían el impuesto por sus propias compras, lo que reduciría significativamente la burocracia y los costes administrativos.
¿Qué es exactamente la franquicia del IVA y por qué es tan importante?

La Directiva (UE) 2020/285, aprobada en 2020 y de obligado cumplimiento desde el 1 de enero de 2025, modifica el sistema común del IVA para favorecer a las pymes.
Permite a cada Estado miembro establecer un umbral de hasta 85 000 euros anuales.
Por debajo de esa cifra, los autónomos quedan exentos de repercutir el IVA (no lo cobran), ni de presentar las declaraciones trimestrales modelo 303.
Todos los países europeos la han traspuesto, con umbrales variados: Italia y Francia hasta los 85 000 euros máximos permitidos; otros como Alemania o Portugal con cifras inferiores, pero siempre con un régimen general accesible.
España, sin embargo, sigue sin hacerlo. Es el único Estado miembro que no aplica este régimen general de franquicia, según confirmó la propia Comisión Europea.
La situación actual de los autónomos españoles

Imagina que eres un fontanero autónomo que factura 40 000 euros al año reparando averías en casas particulares. En Francia o Italia, emites facturas sin añadir el 21 % de IVA: el cliente paga solo el servicio, y tú no presentas declaraciones trimestrales de IVA ni calculas diferencias mensuales.
En España, debes cobrar el 21 % extra (8400 euros en este caso), ingresarlo a Hacienda cada trimestre y restar solo el IVA de tus compras (herramientas, gasolina, etc…).
Si cometes un error en los cálculos, te expones a sanciones. Además, dedicas horas a papeleo que podrías emplear en trabajar.
O bien, eres una peluquera de barrio con ingresos de 30 000 euros. En la mayoría de los países europeos, emites una factura limpia, sin IVA. Aquí, tienes que añadir el impuesto, declararlo y gestionar la contabilidad completa, igual que una gran empresa.
«Es como si dos personas compraran el mismo coche, pero a una se le permitiera usar el carril rápido y pagar un peaje fijo, mientras que a la otra, por haberlo registrado a nombre de una pequeña empresa familiar, se le obligara a circular por una carretera secundaria llena de trámites y a pagar peaje en cada cruce», explicó ATA en su denuncia.
España cuenta con unos 3,4 millones de trabajadores autónomos. La mayoría factura por debajo de los 85 000 euros anuales, especialmente en sectores como comercio minorista, hostelería, servicios personales y profesiones liberales.
Muchos ganan menos del salario mínimo tras gastos y cotizaciones. Para ellos, la obligación de gestionar el IVA desde el primer euro supone una carga desproporcionada.
«A fecha de hoy, el Gobierno de España no ha adoptado ninguna medida legislativa para transponer la Directiva Europea 2020/285», criticó Lorenzo Amor.
ATA denunció que esto vulnera principios europeos como la no discriminación, la proporcionalidad y la libre competencia.
El procedimiento europeo y la resistencia del Gobierno

La Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción contra España a comienzos de este año.
En julio, emitió un dictamen motivado dando dos meses para corregirlo, bajo amenaza de llevar el caso al Tribunal de Justicia de la UE, con posibles multas millonarias.
El plazo venció sin cambios.
La denuncia presentada esta semana por ATA refuerza ese expediente y pide que Bruselas declare el incumplimiento y obligue al Gobierno a actuar «sin más dilación».
Sin embargo, fuentes del Ministerio de Hacienda consultadas por Expansión respondieron el martes que la franquicia «no es obligatoria».
Argumentan que España ya cuenta con regímenes especiales desde 1986, como el régimen simplificado (módulos) o el recargo de equivalencia para minoristas, que en algunos casos evitan declarar el IVA.
No obstante, expertos fiscales y asociaciones discrepan con la versión del Ejecutivo: esos regímenes son sectoriales, restrictivos y no equivalen al modelo general y accesible que exige la directiva europea para todos los pequeños negocios.
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«Este incumplimiento tiene un enorme efecto sobre las actividades de los negocios y nos resta competitividad», advirtió ATA.
«Exigimos la implantación en España de un régimen real de simplificación/exención de IVA para pequeños negocios, alineado con la UE, que reduzca cargas administrativas y facilite el cumplimiento», sintetizó Amor.
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