Después que el Consejo de Ministros aprobara un anteproyecto de ley que propone la reducción a 37,5 las horas semanales de trabajo efectivo de promedio en el cómputo anual, y lo enviara para una tramitación administrativa urgente, algunos congresistas, dijeron que para favorecer el descanso, la conciliación y la desconexión de los trabajadores se debería promover una reducción a 35 horas.
Además, adelantaron que su plan es llegar a «avanzar hacia la futura normalización de la semana laboral de cuatro días y 32 horas semanales».
Ambas iniciativas están en diversos trámites.
La iniciativa del gobierno fue a aprobada el 4 de febrero por el Consejo de Ministros. En ella se propone efectivamente reducir de 40 a 37,5 las horas semanales de trabajo efectivo de promedio anual. Actualmente, se encuentra en tramitación administrativa.
Al presentar el proyecto, la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, declaró que la rebaja, de las 40 horas actuales a las 37,5 «no es una variable económica ni laboral más», sino un proyecto de país, que servirá para modernizar España.
«Esta propuesta tiene que ver con vivir mejor, trabajar menos y ser mucho más productivos y más eficientes económicamente», dijo Díaz, añadiendo que «no vivimos para trabajar, trabajamos para vivir, el trabajo es un medio».
Ella insistió en su presentación que «lo importante son nuestras vidas y no el tiempo que ocupamos en una actividad profesional», y que la propuesta de reducir la jornada «tiene que ver con vivir mejor, trabajar menos y ser más productivos y eficientes económicamente».
También afirmó, que desde la última reducción de la jornada laboral acordada en 1983, la productividad se ha incrementado el 53%.
El Ministerio de Trabajo ya había sugerido, en el año 2024, la reducción a 37,5 horas semanales a trabajadores y empresarios, donde consiguió respuestas favorables y contrarias.
Su plan previo, ya acordado en convenios colectivos, era lograr una disminución progresiva de la jornada laboral desde las 37,5 horas semanales para el año 2024, hasta las 36 horas semanales para el año 2026.

«Difícilmente se va a incrementar la productividad»
En las consultas previas, el 5 de noviembre, el Comité Ejecutivo extraordinario de Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), anunció que rechazaba por unanimidad la propuesta del Ministerio de Trabajo de reducción legal de la jornada laboral.
El CEOE explicó que «modificar por ley cuestiones que son materia propia de los convenios colectivos, como la reducción de jornada, y que, de hecho, ya se están pactando de forma bilateral en los convenios, supone una intromisión en la autonomía de la negociación colectiva, consagrada en el artículo 37.1 de la Constitución».
«La conclusión es que CEOE y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), desde la responsabilidad, no pueden apoyar dicha propuesta», añadió, indicando que afecta en la práctica, a muchas empresas, «especialmente a pymes y autónomos, a una reorganización forzada que pondrá al límite su capacidad de organización interna y su supervivencia».
En su opinión, «difícilmente se va a incrementar la productividad a partir de la reducción de jornada en un tejido productivo compuesto en alrededor de un 98% por pymes y autónomos, y donde los sectores con mayor aportación al PIB están vinculados, entre otros, a los servicios o el turismo».

Hay que esperar hasta que los aspectos relevantes de la ley se reglamenten
Los pactos mencionados por CEOE se concretaron, y el 20 de diciembre, cuando la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO) y la UGT firmaron con el Ministerio de Trabajo concretar la reducción de la jornada laboral máxima legal de las actuales 40 horas semanales a 37,5 horas, sin afectar los salarios.
«Hoy es un día significativo para las personas trabajadoras porque se cierra una negociación que ha ocupado gran parte de este año y que modifica la jornada máxima legal de trabajo por primera vez desde 1983», dijo el secretario general de CCOO, Unai Sordo,
A contnuación, el 26 de diciembre, la Unión Sindical Obrera, declaró que en líneas generales, el texto «no supone un cambio sustancial ni otorga derechos realmente ejercitables para los trabajadores, hasta que los aspectos más relevantes puedan ser desarrollados reglamentariamente», ya que puede haber modificaciones parlamentarias durante su trámite en el Congreso.
De acuerdo a Sesame, una empresa de gestión, la iniciativa del gobierno, de 37,5 horas, ya se ha aplicado de manera piloto en algunas empresas y sectores industriales, en búsqueda de una mejor calidad de vida de los trabajadores, aumentar su productividad y reducir el absentismo, pero están conscientes de que plantea un posible impacto real en la economía, especialmente para pequeñas y medianas empresas, con dificultades para adaptarse y tener que implementar los cambios sin comprometer su competitividad.
¿35 horas? «Ya es perfectamente posible hoy en día»
Al presentar la iniciativa al Congreso de aún menos horas, el diputado Néstor Rego Candamil (BNG) declaró que los datos demuestran la necesidad de que se promuevan los avances sociales «fijando una jornada laboral máxima legal de 35 horas y favoreciendo el descanso, la conciliación y la desconexión de los trabajadores».
Además, indicó que la jornada total de trabajo semanal deberá estar comprendida entre 20 horas semanales como mínimo y el 77% de la jornada máxima.
«Ya es perfectamente posible hoy en día, en muchos sectores, especialmente en aquellos en los que existe una elevada digitalización y apoyo en la tecnología», destacó el congresista.
También dijo que la flexibilización de la reforma laboral de 2012 permitió que en la última reforma «se trastocaran los horarios y turnos en beneficio de la empresa, ampliando la jornada de forma que los trabajadores eventuales, fijos-discontinuos, indefinidos a tiempo parcial y de ETT son los principales damnificados».
«Precisamente para corregir esto, la proposición introduce una modificación en el apartado segundo del artículo 34 que revierte uno de los aspectos de la reforma laboral de 2012, pues permitirá que solo a través de la negociación colectiva o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de las personas trabajadoras, se pueda establecer la distribución irregular de la jornada de trabajo a lo largo del año del 10% de la jornada de trabajo».
La proposición de ley modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en relación con el registro de la jornada.
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