ESPAÑA

El TSJ de Madrid avala que grabar el escrutinio general es un derecho de los ciudadanos

julio 18, 2025 18:32, Last Updated: julio 18, 2025 18:32
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Una sentencia del 4 de julio del Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirmaría que la prohibición de grabar el escrutinio durante unas elecciones plantea una infracción de los derechos fundamentales de los ciudadanos, según la asociación sin ánimo de lucro Víctimas de Políticos y Gabriel Araujo, perito en informática forense.

La sentencia responde a una demanda presentada por la asociación ante la Junta Electoral Provincial (JEP) de Madrid contra la prohibición de grabar vídeos y audios durante el escrutinio de las elecciones pasadas.

El Tribunal validó la doctrina del interés legítimo cualificado (STS 2497/2025) y reconoció que la Asociación de Víctimas de Políticos, así como cualquier ciudadano, tiene derecho a que se le aplique. Esto significa que «la prohibición de grabar el escrutinio plantea infracción de derechos fundamentales de los ciudadanos», compartió el Sr. Araujo con Epoch Times España el 17 de julio.


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Las elecciones en las que se pretendía realizar la grabación ya se celebraron, pero la sentencia podría sentar un precedente para futuras convocatorias electorales.

Se «reconoce que la prohibición de grabar podría repetirse en futuras elecciones, por lo que se abre la puerta a indemnizaciones por vulneración de derechos».

En el documento se reprocha al magistrado Abel Téllez Aguilera, presidente de la JEP de Madrid, su decisión de rechazar la petición de los demandantes contra la prohibición de registrar el escrutinio, argumentando que el recurso carecía de objeto porque las elecciones ya habían tenido lugar.

Para el Tribunal Superior de Justicia, en cambio, la resolución constituye un precedente.

«El TSJ de Madrid ampara a la Asociación Víctimas de los Políticos contra la Junta Electoral de Madrid, la única en España que prohíbe expresamente grabar los escrutinios», dijo Araujo.

«Los escrutinios se deberían grabar oficialmente con una cámara vertical sin enfocar la cara de nadie, documentando la verificabilidad y completitud del acto electoral como SGSI (Sistema de Gestión de Seguridad de la Información) que es», agregó.


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En la Junta Electoral Provincial de Madrid se habría producido también otra irregularidad, según señala Araujo, cuando la apoderada de Iustitia Europa fue expulsada por la JEP durante el escrutinio del 15 de junio de 2024.

Araujo compartió el documento del JEP que describe cómo se ordenó su desalojo con intervención policial: «Ha provocado la interrupción del escrutinio general, alterando gravemente su desarrollo en condiciones de normalidad», y destacó que la expulsión fue motivada «por protestar ante las múltiples irregularidades electorales que se estaban produciendo».

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