Puigdemont pide al Tribunal Constitucional que suspendan su orden de detención

El expresidente solicita en su recurso que se aplique la ley de amnistía para suspender la orden de detención como medida cautelarísima, es decir de manera urgente

Por Nyama Fekar
18 de julio de 2025 13:26 Actualizado: 18 de julio de 2025 13:26

La defensa del prófugo expresidente de la Generalidad, Carles Puigdemont, ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para pedir que se suspenda la orden de detención nacional en contra del expresidente.

El recurso presentado por Boye solicita la suspensión de la orden de detención de manera cautelarísima, lo cual implica que la petición sea revisada de manera urgente por el TC.

El abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye, solicita en dicho recurso que se aplique la Ley de Amnistía para suspender la orden de detención, indicando que el legislador «ha expresado su voluntad de extinguir la responsabilidad penal» de Puigdemont mediante «una norma orgánica cuya constitucionalidad ya ha sido confirmada».

Anteriormente, el juez Pablo Llarena ya había rechazado aplicar la ley de amnistía en el delito de malversación del expresidente catalán, según explica El País. Este medio informó que el Tribunal Supremo confirmó su negativa a aplicar la amnistía después de que Puigdemont presentara un recurso para reclamar la decisión de Llarena, agotando así la resolución del caso por el Supremo, abriendo las puertas a su reclamación ante el Constitucional. 

La Ley de Amnistía fue resultado de un pacto entre el PSOE y los partidos independentistas catalanes Junts per Catalunya y Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) para apoyar la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno.

La Ley, que entró en vigor el 11 de junio del 2024, recoge en su preámbulo que la misma «amnistía los actos que hayan sido declarados o estuvieran tipificados como delitos o como conductas determinantes de responsabilidad administrativa o contable, vinculados a la consulta celebrada en Cataluña el 9 de noviembre de 2014 y al referéndum de 1 de octubre de 2017».

Como consecuencia, según describe el artículo 4 de dicha legislación, «el órgano judicial que esté conociendo de la causa procederá a dejar sin efecto las órdenes de busca y captura e ingreso en prisión de las personas a las que resulte de aplicación esta amnistía, así como las órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención».

Según este mismo artículo, este órgano también «acordará el inmediato alzamiento de cualesquiera medidas cautelares de naturaleza personal o real que hubieran sido adoptadas».


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No obstante, la ley de amnistía ha recibido diversas críticas por parte de expertos y magistrados. Según Concepción Espejel, una de los tres magistrados que votaron en contra de esta ley, expresó en su voto que «La ley de amnistía representa la mayor regresión institucional habida en la historia constitucional reciente».

Otro magistrado, Ricardo Enrique, expresó en su voto en contra que la ley «es arbitraria porque la verdadera finalidad a que responde no es la que expresa su preámbulo sino la de obtener el apoyo de los siete diputados de Junts per Catalunya en la sesión de investidura del Presidente del Gobierno».

El magistrado Enrique escribió que dicha ley era inconstitucional porque «solo alcanza a quienes realizaron acciones delictivas, con la finalidad de apoyo al proceso independentista pero no a quienes hubieran realizados esas mismas acciones con una finalidad política opuesta»

Similarmente, el magistrado César Tolosa también opinó que dicha ley era inconstitucional por una «desviación del poder legislativo, ruptura de los principios estructurales del Estado de Derecho e inhibición del control de constitucionalidad».

Por otra parte, la abogada penalista Paula Fraga también expresó sus críticas al respecto en una entrevista con Epoch Times España, afirmando que «es otra ley que nada tiene que ver con la realidad de los trabajadores».


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Fraga explicó que dicha ley era altamente desigual, comentando que «no hay amnistía para el pobre que roba un día para comer, y, sin embargo, sí existen amnistías y perdones para delincuentes que dan golpes de Estado, que, desde luego, constituyen el peor acto de traición que se puede cometer contra una patria».

«Entiendo la amnistía como el mayor acto de corrupción política, y también de corrupción ideológica, porque en nombre de la igualdad y el progresismo se promulga una ley que quiebra el principio de legalidad y el principio de igualdad ante la ley», declaró.

Con información de EFE.

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